Regl. 7470, art. I-393.19

Señales de Aviso de Emergencia.

Last amended: 2008Length: 40 wordsOfficial source

Cite as Reglamento Núm. 7470, Art. I-393.19

La unidad de señales de aviso de emergencia en cada vehículo de motor comercial operarán independientemente de la ignición y al ser activado ocasionará que todas las luces direccionales según requeridas en la sección 393.11, se activen de manera intermitente.
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