Regl. 7470, art. I-393.30

Instalación de la batería.

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Cite as Reglamento Núm. 7470, Art. I-393.30

Cada compartimiento de la batería en cada vehículo, a menos que esté localizado en el compartimiento de motor, deberán estar cubierto por una parte fija del vehículo de motor 0 protegida por una cubierta 0 caja removible. Las cubiertas 0 cajas removibles, deberán estar aseguradas y ajustadas. El lugar y compartimiento de la batería y partes de metales adyacentes, las cuales pueden 165 ser corroídas por razón de filtración de la batería, deberán ser pintados con una capa de pintura resistente al ácido y deberán tener aberturas para proveer amplia ventilación a la batería y al drenaje. Siempre que el cable de encendido del motor pase a través de un compartimiento de metal, deberá estar protegido por un casquillo aislador a prueba de ácido y agua para evitar que haga tierra. Siempre que la batería y el tanque de combustible estén ambos colocados debajo del asiento del conductor, deberá estar separado uno del otro, y cada compartimiento debe estar provisto con una cubierta independiente, ventilación y drenaje.
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