Regl. 7470, art. I-393.52
Funcionamiento de frenos.
Cite as Reglamento Núm. 7470, Art. I-393.52
(a) Al aplicar los frenos de servicio, todo vehículo de motor o combinación de
vehículos de motor deberá, bajo cualquier condición de carga en la cual se
encuentre en una vía pública, ser capaz de:
(1) Desarrollar una fuerza de frenado por lo menos igual al porcentaje
de su peso bruto especificado en la tabla del párrafo (d) de esta
sección;
(2) Disminuir la velocidad hasta detenerse desde 20 MPH a no menos
de lo especificado en la tabla del párrafo (d) de esta sección; y
(3) Detenerse desde 20 MPH a una distancia medida desde el punto
en el cual comienza el movimiento del pedal del freno de servicio
comienza, que so sea mayor que la distancia especificada en la
tabla del párrafo (d) de esta sección
(4) Desarrollando sólo la fuerza de frenado especificada en el inciso
(a)(1) de esta sección y la distancia en que se detiene especificada
en el inciso (a)(3) de esta sección, si la fuerza del frenado es
medida por un aparato que comprueba el funcionamiento de la
base del freno, y que cumple con requisitos de especificaciones
funcionales de un aparato que comprueba el funcionamiento de la
base del freno para vehículos de motor comerciales, donde la
fuerza del frenado es la suma de la fuerza del frenado en cada
llanta del vehículo o combinación de vehículos como un por ciento
del vehículo bruto 0 combinación de peso.
184
(b) Con la aplicación del sistema de frenos de emergencia y con ningún otro
sistema de freno aplicado, un vehículo de motor 0 combinación de vehículos
de motor debe, bajo cualquier condición de carga en la cual se encuentre en
la vía pública, ser capaz de detenerse desde 20 MPH en una distancia medida
desde el punto en el cual comienza el movimiento del control del freno de
emergencia que no sea mayor que la distancia especificada en el párrafo (d)
de esta sección.
(c) El cumplimiento con los requisitos de los párrafos (a) y (b) de esta sección
debe ser determinado bajo las siguientes condiciones:
(1) Cualquier prueba debe ser realizada con el vehículo sobre una
superficie dura que esté sustancialmente nivelada, seca y libre de
material suelto.
(2) El vehículo deberá estar en el centro de un carril de doce (12) pies de
ancho cuando la prueba comience y no deberá desviarse de dicho
carril durante la prueba.
(d) Tabla de funcionamiento de frenos:
TABLA DE FUNCIONAMIENTO DE FRENOS Y SUS NOTAS AL CALCE SECCION 393.52
SISTEMA DE
TIPO DE VEHICULO
SISTEMA DE FRENOS DE SERVICIO
FRENOS DE
EMERGENCIA
Fuerza de frenado,
Desaceleración
Aplicación del
Aplicación del sistema de
A. VEHICULO DE TRANSPORTE DE
con un porcentaje
de velocidad en
sistema de frenos
frenos y distancia de
PASAJERO
del peso bruto o
pies por segundo.
y distancia de
frenado en pies desde
combinación del
frenado en pies
velocidad inicial de 20
vehiculo.
desde velocidad
MPH.
inicial de 20 MPH.
185
1. Vehiculo con capacidad de 10
asientos o menos, incluyendo al
conductor y construido en chasis de
vehículo de pasajeros.
65.2
21
20
54
2. Vehículo con capacidad de más de
10 asientos, incluyendo al conductor y
construido en chasis de camión u
ómnibus y que su GVMR sea de 10,000
lbs. 0 menos
52.8
17
25
66
3.Todos los demás vehículos de
transporte de pasajeros
43.5
14
35
85
B. VEHICULO DE TRANSPORTE DE
CARGA
1. Una sola unidad con "GVWR" de
manufactura mayor de 10,000 lbs 0
menos.
52.8
17
25
66
2. Una sola unidad con "GVWR" de
manufactura de 10,000 lbs, excepto
camiones
remolcadores
Combinaciones de remolcador de dos
ejes y remolques con un "GVWR" de
3,000 lbs o menos. Todas las
combinaciones de 2 0 menos vehículos
en operaciones de carga y remolque.
53.5
14
35
85
3. Todos los demás vehículos de
transporte de carga y combinaciones de
vehículos de transporte de carga.
43.5
14
40
90
Notas:
(a) Existe una relación matemática definitiva entre las cifras de las columnas 2 y 3. Si la desaceleración
indicada en la columna 3 se divide entre 32.2 pies por segundo, se obtiene los datos de la 2 (por ejemplo 21
dividido entre 32.2 es igual a 65.2 por ciento. La columnas 2 es incluida en estos cálculos, ya que algunos
dispositivos para probar frenos utilizan este factor.
(b) Las desaceleraciones que aparecen en la Columna 3 son una indicación de la efectividad de los
frenos básicos y según se miden en la prueba practica de frenos, son las desaceleraciones máximas
obtenidas en algún tiempo durante el frenado.
186
Estas desaceleraciones, como se miden en las pruebas de frenos no pueden ser usadas para computar los
valores en la Columna 4, porque no es sostenida a la misma proporción durante el periodo completo de
frenado. La desaceleración aumenta de carga a un máximo durante un periodo de accionamiento del
sistema de frenos y una acumulación de la fuerza del freno. Asi mismo, otros factores pueden causar que la
desaceleración decrezca después de alcanzar un máximo. La distancia agregada que resulta debido a que
la deceleración no es mantenida, no incluye en las cifras de la columna 4, pero no se indica en los aparatos
usuales para verificar la desaceleración.
(c) Las distancias en la Columna 4 y la desaceleración en la Columna 3 no están directamente
relacionadas. "La aplicación del sistema de frenos y distancia de frenado en pies" (Columna 4) es una
medida definida de la efectividad general del sistema de frenado, siendo la distancia recorrida sobre el
punto el cual el conductor empieza a mover los controles de frenado y el punto en el que vehiculo se
detiene. Incluye la distancia recorrida mientras que los frenos se accionan y la distancia recorrida en tanto
que los frenos retardan el vehiculo.
(d) La distancia recorrida durante el periodo de accionamiento del sistema de frenos, y la acumulación
de la fuerza del frenado varia según el tipo de vehículo, siendo insignificante en muchos vehículos de
pasajeros y mayor en combinaciones de vehículos comerciales. Esto explica la variación de 80 a 40 pies
en los valores numéricos de la Columna 4 para los distintos tipos de vehículos.
(e) Los términos "GVWR" y "GVW" se refieran a la clasificación del peso bruto del vehículo usada por el
manufacturero y al actual peso bruto del vehículo, respectivamente.