Regl. 7470, art. I-393 dup6

110 - ¿Qué otra cosa debo hacer para determinar el

Last amended: 2008Length: 358 wordsOfficial source

Cite as Reglamento Núm. 7470, Art. I-393 dup6

número mínimo de ataduras? (a) En adición a los requisitos de la sección 393.106, el número mínimo de ataduras requeridas para asegurar un artículo o grupo de artículos contra el movimiento depende del largo del artículo que está siendo asegurado, y los requisitos de los incisos (b) y (c) de esta sección. (b) Cuando un artículo no está bloqueado o posicionado para evitar su movimiento hacia el frente por un tablón encabezador (headerboard), tabique, u otra carga que está colocada para evitar el movimiento, u otros mecanismos apropiados de bloqueo, deberá estar asegurada por al menos: (1) Una atadura para artículos de 5 pies (1.52 metros) 0 menos de largo, y 1,100 libras (500 kg) 0 menos en peso; (2) Dos ataduras si el artículo es: (i) De 5 pies (1.52 metros) o menos de largo y más de 1,100 libras (500 kg) en peso, o; 258 (ii) Más largo de 5 pies (1.52 metros) pero menor que 0 igual a 10 pies (3.04 metros) de largo, independientemente del peso. (3) Dos ataduras si el artículo es más largo de 10 pies (3.04 metros), y una atadura adicional por cada 10 pies (3.04 metros) de largo del artículo, O fracción de éste, más allá de los primeros 10 pies (3.04 metros) de largo. (c) Si se requiere bloquear 0 inmobilizar un artículo individual prevenir el movimiento en la dirección delantera por un tablón encabezador (headerboard), tabique, u otros artículos que estén adecuadamente asegurados 0 por un método apropiado de bloqueo o inmobilización, deberá estar asegurada por al menos una atadura por cada 3.04 metros (10 pies) 0 largo del artículo, o fracción de éste. (d) Regla especial para vehículos con propósitos especiales. Las reglas en esta sección no aplican a un vehículo transportando uno 0 más artículos de carga tales como, pero no limitados a, maquinaria 0 artículos estructurales fabricados (ej., vigas de metal 0 concreto, pluma de grúa, vigas y amarraduras, etc.) los cuales, debido a su diseño, tamaño, forma, 0 peso deberá ser fijado por métodos especiales. Sin embargo, cualquier artículo de la carga transportado en ese vehículo deberá estar segura y adecuadamente fijado al vehículo.
Regl. 7470, art. I-393 dup6: 110 - ¿Qué otra cosa debo hacer para determinar el | Justis AI