Regl. 7470, art. I-397.207

Aviso de derecho de prioridad.

Last amended: 2008Length: 187 wordsOfficial source

Cite as Reglamento Núm. 7470, Art. I-397.207

(a) Si el solicitante no es una agencia 0 municipio, el solicitante deberá enviar por correo una copia de la solicitud a la agencia 0 municipio concernientes, acompañado de una declaración de que los comentarios relacionados a la solicitud deberán ser enviados al Administrador dentro de cuarenta y cinco (45) días. La solicitud llenada con el Administrador deberá incluir una certificación de que el solicitante ha cumplido con este inciso y deberá incluir los nombres y direcciones de cada oficial a quién se le envío una copia de la solicitud. (b) El Administrador deberá permitir a las personas interesadas una oportunidad para emitir comentarios escritos en la solicitud mediante aviso a cualquier persona que se verá afectada por la reglamentación 0 por la publicación en el Federal Register. (c) Cada persona sometiendo comentarios escritos al Administrador con relación a una solicitud sometida bajo esta sección deberá enviar una copia de los comentarios al solicitante y certificar al Administrador que ha cumplido con ese requisito. El Administrador deberá notificar sobre los comentarios a otras personas participando en el procedimiento y proveer una oportunidad para esas personas a responder.
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