Regl. 7472, art. 8

Procedimiento para la Radicación de la

Last amended: 2007Length: 89 wordsOfficial source

Cite as Reglamento Núm. 7472, Art. 8

Solicitud de Licencia de Armas" A. (1)... (2) El peticionario entregará personalmente los documentos en duplicado en la Comandancia de Área donde reside el mismo 0 en el Cuartel General, 0 en la División de Registro de Armas, reteniendo el peticionario la copia sellada para su récord. AI radicar la solicitud, el peticionario deberá suscribir el formulario provisto por la Agencia denominado "Certificación sobre Presentación Fidedigna de Documentos de Solicitud de Licencia de Armas" (PPR-832), en el cual certificará que la información suministrada en los documentos entregados, es fidedigna.
Regl. 7472, art. 8: Procedimiento para la Radicación de la | Justis AI