Regl. 7475, art. 1

INTRODUCCIÓN

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Cite as Reglamento Núm. 7475, Art. 1

En Puerto Rico existe un gran número de compañías dedicadas a la importación y siembra de semillas para investigación y producción para compañías de semillas internacionales. Las semillas comprenden el grupo más amplio dentro de la producción agrícola mundial siendo la producción de éstas una fase de gran valor económico. Algunos de los cultivos que se desarrollan son: algodón, arroz, canola, girasol, sorgo, soya, maiz y mani. Las plagas que están asociadas con las semillas se encuentran en uno de cuatro niveles. Estas son: 1) dispersas en la semilla pero no ligadas a ésta orgánicamente, como sucio o partículas de suelo mezclado con la semilla. 2) en la superficie de la semilla. 3) dentro de la cubierta de la semilla, pero no dentro de la semilla propiamente. 4) dentro de la semilla en los embriones o endoesperma. El Departamento de Agricultura tiene la responsabilidad de proteger la industria agricola local evitando y previniendo la introducción y propagación en Puerto Rico de plagas y enfermedades perjudiciales a nuestra agricultura, por tanto se establece en este reglamento los requisitos para la introducción, producción y exportación de semillas.
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