Regl. 7476, art. 9
Reglamento para la Adquisición de Equipos, Materiales y Servicios. Vigencia 11 de abril de 2008.
Cite as Reglamento Núm. 7476, Art. 9
AVISO DE CAMBIO
1.
Existen situaciones que requieren que la Oficina de
Compras y Subastas realice cambios 0 correcciones a
Órdenes de Compras. Para estos propósitos, se emitirá
electrónicamente el documento Aviso de Cambios ("Advise
of Change"), algunas de las situaciones pueden ser las
siguientes:
a.
Cancelación de la totalidad 0 parte de los artículos
solicitados.
b.
Variación en el precio 0 descripción de los artículos
cotizados.
C.
Cargos por transportación.
d.
Aumento 0 disminución en las cantidades de los
artículos.
e.
Razón social.
f.
Unidad de medida.
2.
Cuando sea necesario enmendar Órdenes de Compra ya
emitidas, los avisos de cambios serán aprobados como
sigue:
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a.
Los avisos de cambios de Órdenes de Compras que
no excedan de $50,000.00 y que tengan el efecto de
reducir el monto total de la orden original, serán
aprobadas por el Jefe de Compras y Subastas.
b.
Los avisos de cambios para las Órdenes de Compras
que han sido originalmente preparadas hasta un
máximo de $6,999.99, serán aprobadas por el Jefe
de Compras y Subastas, siempre y cuando el aviso
de cambio no exceda el 10% del valor original de la
orden, de lo contrario, se someterán al mismo
proceso de aprobación de las Órdenes de Compras
originales.