Regl. 7477, art. 2
Reglamento para Procesar Querellas y Actos de Discrimen. Vigencia 11 de abril de 2008.
Cite as Reglamento Núm. 7477, Art. 2
Introducción
La Autoridad de los Puertos de Puerto Rico afirma su compromiso con la igualdad
de oportunidades en el empleo, según las leyes estatales y federales que le aplican,
para todas las personas sin distinción de raza, color, sexo, matrimonio, religión,
nacionalidad, edad, ideas políticas, impedimento físico o mental, condición de veterano
de la Era de Vietnam 0 veterano con impedimento y actividad protegida (oposición a
discriminación 0 participación en un proceso de querella reglamentada). Este
compromiso incluye no sólo la prohibición de prácticas discriminatorias, sino el proveer
acciones afirmativas que aseguren la igualdad de oportunidades en el empleo. En el
cumplimiento de esta política, responsabiliza a la Oficina de Programas Antidiscrimen
ciñéndose a este Reglamento y procedimientos internos.