Regl. 7477, art. 2

Reglamento para Procesar Querellas y Actos de Discrimen. Vigencia 11 de abril de 2008.

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Cite as Reglamento Núm. 7477, Art. 2

Introducción La Autoridad de los Puertos de Puerto Rico afirma su compromiso con la igualdad de oportunidades en el empleo, según las leyes estatales y federales que le aplican, para todas las personas sin distinción de raza, color, sexo, matrimonio, religión, nacionalidad, edad, ideas políticas, impedimento físico o mental, condición de veterano de la Era de Vietnam 0 veterano con impedimento y actividad protegida (oposición a discriminación 0 participación en un proceso de querella reglamentada). Este compromiso incluye no sólo la prohibición de prácticas discriminatorias, sino el proveer acciones afirmativas que aseguren la igualdad de oportunidades en el empleo. En el cumplimiento de esta política, responsabiliza a la Oficina de Programas Antidiscrimen ciñéndose a este Reglamento y procedimientos internos.
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