Regl. 7482, art. XIII

Deber de cumplir con lo dispuesto en este

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Cite as Reglamento Núm. 7482, Art. XIII

Reglamento 1. Este Reglamento tiene fuerza de ley. 2. Los (Las) integrantes del Comité de Coordinación de Estadísticas y quienes ocupen las jefaturas de las entidades gubernamentales, tienen el deber de cumplir fielmente con lo dispuesto en este Reglamento. 3. La Dirección Ejecutiva del Instituto podrá acudir a los Tribunales para solicitar la expedición de un interdicto que impida la violación a las disposiciones de este Reglamento, o de un recurso de mandamus para hacer cumplir sus disposiciones; ello sin perjuicio, de cualquier otra acción administrativa o civil que contemple el ordenamiento jurídico, en particular la Ley Núm. 209, citada.
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