Regl. 7487, art. 5.00-5.06
AVISO AL DESTINATARIO
Cite as Reglamento Núm. 7487, Art. 5.00-5.06
Toda "compañía de servicio público" que reciba en su almacén mercancía
depositada por una empresa naviera 0 aérea destinada a una tercera persona,
deberá remitir un aviso al destinatario de la mercancía dentro de las veinticuatro
(24) horas de haberse recibido la mercancía. Si dentro de un término de quince
(15) días posterior de haberse remitido el aviso 0 notificación, no se hubiere
recibido comunicación alguna de parte del destinatario con relación a la
mercancía almacenada, la compañía podrá disponer de la mercancía según las
leyes aplicables.