Regl. 7492, art. 7.2-12 dup2
Adopción de normas y políticas institucionales y certificación al
Cite as Reglamento Núm. 7492, Art. 7.2-12 dup2
Consejo
Toda institución adoptará normas, políticas y/o reglamentos institucionales sobre el uso del
número de Seguro Social como identificación de sus estudiantes y certificará al CES que así lo
ha hecho y que éstas están en vigor. La certificación debe indicar, además, que las normas,
políticas 0 reglamentos adoptados cumplen con las disposiciones del Artículo 1 de la Ley 186
de 2006 y este Reglamento.