Regl. 7492, art. 7.2-17
Vigencia
Cite as Reglamento Núm. 7492, Art. 7.2-17
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REGLAMENTO SOBRE EL USO DEL NÚMERO DE SEGURO SOCIAL COMO
IDENTIFICACIÓN ESTUDIANTIL EN LAS
INSTITUCIONES DE EDUCACIÓN SUPERIOR EN PUERTO RICO
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
La Ley Núm. 186 del 1 de septiembre de 2006 establece ciertas prohibiciones al uso del
número de Seguro Social como identificación de los estudiantes, y faculta al Consejo de
Educación Superior de Puerto Rico (CESPR) para requerir certificaciones de las instituciones de
educación superior (IES) sobre el cumplimiento en sus disposiciones y para la imposición de
multas administrativas por su incumplimiento. El CESPR adopta el presente Reglamento en
cumplimiento con las disposiciones de la referida Ley Núm. 186.