Regl. 7498, art. X
Deber de cumplir con lo dispuesto en este
Cite as Reglamento Núm. 7498, Art. X
Reglamento
1. Este Reglamento tiene fuerza de ley.
2. El personal de enlace y las jefaturas de las entidades
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gubernamentales, tienen el deber de cumplir fielmente con
lo dispuesto en este Reglamento.
3. La Dirección Ejecutiva del Instituto O la OPM podrán
acudir a los Tribunales para solicitar la expedición de
un interdicto que impida la violación a las disposiciones
de este Reglamento, O de un recurso de mandamus para
hacer cumplir sus disposiciones; ello, sin perjuicio de
cualquier otra acción administrativa O civil que
contemple el ordenamiento jurÃdico y, en particular, la
ya citada Ley Núm. 209.