Regl. 7498, art. X

Deber de cumplir con lo dispuesto en este

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Cite as Reglamento Núm. 7498, Art. X

Reglamento 1. Este Reglamento tiene fuerza de ley. 2. El personal de enlace y las jefaturas de las entidades (13) gubernamentales, tienen el deber de cumplir fielmente con lo dispuesto en este Reglamento. 3. La Dirección Ejecutiva del Instituto O la OPM podrán acudir a los Tribunales para solicitar la expedición de un interdicto que impida la violación a las disposiciones de este Reglamento, O de un recurso de mandamus para hacer cumplir sus disposiciones; ello, sin perjuicio de cualquier otra acción administrativa O civil que contemple el ordenamiento jurídico y, en particular, la ya citada Ley Núm. 209.
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