Regl. 7502, art. 9.3-13

Procedimiento para imponer penalidades

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Cite as Reglamento Núm. 7502, Art. 9.3-13

Si el Consejo considera que una institución pueda haber incurrido en violaciones a la Ley 109 o a este Reglamento, podrá iniciar contra la institución, un procedimiento para imponer las penalidades que se establecen en este Reglamento. Dichos procedimientos se conducirán a tenor con las disposiciones de la Ley 170 y el Reglamento sobre Procedimientos Adjudicativos ante el Consejo de Educación Superior, Cert. CES Núm. 2000-169 (Reglamento Núm. 6225), así como cualesquiera otras normas que para estos fines adopte el Consejo.
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