Regl. 7502, art. 9.3-14 dup2

Vigencia

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Cite as Reglamento Núm. 7502, Art. 9.3-14 dup2

Este Reglamento comenzará a regir a los treinta (30) días después de su radicación en el Departamento de Estado de Puerto Rico de conformidad con la Sección 2.8 de la Ley 170 de 1988, según enmendada. En San Juan, Puerto Rico, hoy 16 de abril de 2008. UPERIORIS ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO CONSEJO DE EDUCACIÓN SUPERIOR DE PUERTO RICO PO Box 19900 San Juan PR 00910-1900 Tel. 787-641-7100 www.ces.gobierno.pr Certificación Número 2008-065 Yo, Viviana M. Abreu Hernández, Directora Ejecutiva del Consejo de Educación Superior de Puerto Rico, CERTIFICO: Que el Consejo de Educación Superior de Puerto Rico, en reunión ordinaria del miércoles, 16 de abril de 2008, aprobó el Reglamento sobre Medidas de Protección a los Estudiantes de Educación Superior Activados por las Fuerzas Armadas de los Estados Unidos y la Guardia Nacional de Puerto Rico. Se acompaña copia como anejo. Y para que así conste, expido la presente Certificación en San Juan, Puerto Rico, hoy día diecisiete de abril de dos mil ocho. mr Anejo atrono con Igualdad e Oportunidades en el Empleo M/F/V/I
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