Regl. 7509, art. 13-13.6

Reglamentación Interna sobre Jornada de Trabajo y

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Cite as Reglamento Núm. 7509, Art. 13-13.6

Asistencia Se adoptará reglamentación interna, por escrito, que no esté en conflicto con la Ley, ni este Reglamento, ni las normas federales para la acumulación y disfrute de tiempo compensatorio por horas extras trabajadas, estableciendo normas para regir entre otros aspectos, los siguientes: 1. La jornada regular semanal y diaria aplicable a los empleados, inclusive las disposiciones necesarias sobre horario escalonado o flexible, si lo hubiere, turnos rotativos y jornada parcial. 2. Los criterios para excluir al personal ejecutivo, administrativo y profesional de la acumulación de tiempo extra, de acuerdo con la Ley Federal de Normas Razonables del Trabajo de 1938, enmendada. La determinación de excluir a cualquier empleado del disfrute de este beneficio, se efectuará luego del análisis de la descripción del puesto que éste ocupe y se demuestre que los deberes, responsabilidades, grado de autoridad y supervisión adscritos al mismo y la compensación se ajustan a los criterios antes señalados. En aquellas situaciones en que el empleado lleve a cabo otras funciones distintas o contrarias a las dispuestas en Descripción de Puestos, como resultado de designaciones administrativas o interinatos, se considerarán éstas para efectos de las exclusiones, ya que son las que realmente cuentan y no lo que se presume por su título o por su descripción de deberes. 3. Método de registro de asistencia y formularios para mantener récords apropiados sobre asistencia. 4. Medidas de control de asistencia. 5. Registros separados del tiempo extra trabajado bajo las normas locales y federales y sueldos pagados a los empleados. Los registros de las horas extras trabajadas cobijadas por la Ley Federal de Normas Razonables del Trabajo, estarán disponibles para inspección por el Secretario del Trabajo Federal o su representante autorizado. Estos registros se conservarán por un período no menor de tres (3) años. 6. Sanciones disciplinarias específicas a que están sujetos los empleados que violan dichas normas y procedimientos de aplicación. 118
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