Regl. 7509, art. 4 dup2
DEFINICIONES
Cite as Reglamento Núm. 7509, Art. 4 dup2
Los siguientes términos usados en este Reglamento tienen el significado que a
continuación se expresa, a menos que de su contexto se desprenda otra cosa:
1. Acción Correctiva - advertencia oral o escrita que hace el supervisor al
empleado, cuando éste incurre 0 reincide en alguna infracción a las normas de
conducta establecidas, y no forma parte del expediente del empleado.
2. Acción Disciplinaria es aquella sanción recomendada por el supervisor del
empleado e impuesta por la autoridad nominadora, la cual pasa a formar parte
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del expediente del empleado. Esta puede consistir de reprimendas escritas,
suspensión de empleo y sueldo O destitución.
3. Adiestramiento de Corta Duración Significa adiestramiento práctico o los
estudios académicos que preparan al empleado para el mejor desempeño de
sus funciones.
4. Administrador Individual Significa la agencia u organismo comprendido
dentro del Sistema de Administración de Recursos Humanos, cuyo personal se
rige por el y se administra en forma autónoma con el asesoramiento,
seguimiento y ayuda técnica de la ORHELA.
5. Agencia Significa el conjunto de funciones, cargos y puestos que constituyen
toda la jurisdicción de una autoridad nominadora, independientemente de que se
le denomine departamento, municipio, corporación pública, oficina,
administración, comisión, junta, tribunal O de cualquier otra forma.
6. Áreas Esenciales al Principio de Mérito Significa clasificación de puestos,
reclutamiento y selección, ascensos, traslados y descensos, adiestramiento y
retención.
7. Ascenso Significa el cambio de un empleado de un puesto en una clase a un
puesto en otra clase con funciones de nivel superior cuando ocurre entre
agencias con diferentes planes de clasificación. Cuando ocurre en la misma
agencia significa el cambio de un empleado de un puesto en una clase a un
puesto en otra clase para la cual se haya provisto un tipo mínimo de retribución
más alto.
8. Autoridad Nominadora Significa todo jefe de agencia con facultad legal para
hacer nombramientos, separar 0 destituir en el Gobierno.
9. Beca Significa ayuda monetaria que se concede a una persona para que
prosiga estudios superiores en una universidad o institución acreditada, con el
fin de ampliar su preparación académica, profesional o técnica.
10. Bonificación Compensación especial, no recurrente y separada del sueldo
que puede concederse como mecanismo para reclutar, retener o premiar a
empleados o grupos de empleados que cumplan con los requisitos que se
establezcan previo a su concesión.
11. Certificación de Elegibles Significa el proceso mediante el cual la agencia
certifica para cubrir los puestos vacantes y refiere para entrevista, los nombres
de los candidatos que estén en turno de certificación en el registro, en orden
descendente de notas y que acepten las condiciones de empleo.
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12. Certificación Selectiva Significa el proceso mediante el cual la autoridad
nominadora especifica las calificaciones especiales que el puesto particular a ser
ocupado requiere del candidato. Para ello se prepara una descripción clara de
los deberes oficiales del puesto a cubrirse. De los registros se seleccionan los
nombres de los candidatos que cualifiquen y se establece un turno de
certificación en orden de nota para los fines de ese puesto en particular.
13. Cesantía Significa la separación del servicio impuesta a un empleado debido a
la eliminación de su puesto por falta de trabajo o fondos o a la determinación de
que está física y/o mentalmente incapacitado para desempeñar los deberes de
su puesto.
14. Clase o Clase de Puesto Significa un grupo de puesto cuyos deberes,
naturaleza o índole de trabajo, autoridad y responsabilidad sean de tal modo
semejantes que pueden razonablemente denominarse con el mismo título,
exigirse a sus incumben tes los mismos requisitos mínimos, utilizarse las
mismas pruebas de aptitud para selección de empleados y aplicarse la misma
escala de retribución con equidad bajo condiciones de trabajo sustancialmente
iguales.
15. Clasificación de Puestos Significa la agrupación de puestos en clases
similares, en virtud de sus deberes y responsabilidades para darle igual
tratamiento en la administración de recursos humanos.
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16. Comisión Apelativa Significa la Comisión Apelativa del Sistema de
Administración de Recursos Humanos.
17. Convocatoria Significa el documento donde constará oficialmente las
determinaciones en cuanto a requisitos mínimos, la naturaleza del examen y
todos aquellos aspectos que son necesarios o convenientes divulgar para
anunciar las oportunidades de ingreso a una clase de puesto, vigentes o
aplicables durante cierto tiempo.
18. Descenso Significa el cambio de un empleado de un puesto en una clase a un
puesto en otra clase con funciones de nivel inferior, cuando ocurre entre
agencias con diferentes planes de clasificación. Cuando ocurre en la misma
Oficina, significa el cambio de un empleado de un puesto en una clase a un
puesto en otra clase para la cual se haya provisto un tipo mínimo de retribución
más bajo.
19. Descripción de Puestos Significa una exposición escrita y narrativa sobre
deberes, autoridad y responsabilidad que envuelve un puesto en específico y por
los cuales se responsabiliza al incumbente.
20. Destitución Significa la separación total y absoluta del servicio impuesta a un
empleado como acción disciplinaria por justa causa.
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21. Diferencial Significa la compensación especial y adicional, separada del
sueldo que se podrá conceder cuando existan condiciones extraordinarias
temporeras de trabajo 0 interinatos.
22. Elegible Significa una persona cuyo nombre figura válidamente en el Registro
de Elegibles.
23. Equipo de Trabajo Grupo de individuos con objetivos comunes
comprometidos a contribuir al logro de las metas organizacionales.
24. Escala de Retribución, Escala de Sueldo o Escala Salarial Margen
retributivo que provee un tipo mínimo, uno máximo y varios tipos intermedios, a
fin de retribuir el nivel de trabajo de determinada clase de puestos, la adecuada
y progresiva cantidad y calidad de trabajo que rindan los empleados en
determinada clase de puesto.
25. Especificación de Clase Significa una exposición escrita y narrativa en forma
genérica, que indica las características preponderantes del trabajo de uno o más
puestos en términos de naturaleza, complejidad, responsabilidad y autoridad, y
las calificaciones mínimas que deben poseer los candidatos a ocupar los
puestos.
26. Estructura Retributiva o Estructura Salarial Esquema retributivo compuesto
por las diferentes escalas que habrán de utilizarse en la asignación de las clases
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de puestos comprendidos en un plan de clasificación.
27. Examen Significa una prueba escrita, oral, física, de ejecución, evaluaciones
de experiencia y preparación u otros criterios objetivos, utilizados para
determinar que una persona está capacitada para realizar las funciones de un
puesto.
28. Extensión de Escala Significa la ampliación de una escala de sueldos
partiendo proporcionalmente del tipo máximo de la misma.
29. Funciones o Necesidades Permanentes Significa aquellas actividades
relacionadas con los poderes y deberes que la ley orgánica de la agencia le
asigna y aquellas otras que le sean asignadas por leyes especiales, reglamentos
o asignaciones ejecutivas o administrativas, que deben ejercerse en forma
continua y estable o que se repiten o extienden sin interrupción por tiempo
indefinido, sin que necesariamente sean perpetuas. Las funciones permanentes
de las agencias pueden corresponder al Servicio de Carrera o al Servicio de
Confianza.
30. Gobierno Significa el Gobierno del Estado Libre Asociado de Puerto Rico y sus
agencias.
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31. Grados de Afinidad Significa grados de parentesco que mediante matrimonio
se establecen entre el empleado y los parientes naturales de su cónyuge. Para
efectos de la licencia por enfermedad, éstos incluyen:
a. Primer grado: padre e hijo del cónyuge
b. Segundo grado: abuelo, nieto y hermano del cónyuge
32. Grados de Consanguinidad - Significa grados de unión, por parentesco natural
del empleado y familiares. Para efectos de la licencia por enfermedad, éstos
incluyen:
a. Primer grado: padre, hijo
b. Segundo grado: abuelo, nieto, hermano
C. Tercer grado: bisabuelo, biznieto, tío, sobrino
d. Cuarto grado: tatarabuelo, tío abuelo, primos hermanos
e. Grupo Ocupacional o Profesional Significa una agrupación de clases y
series de clases que describe puestos comprendidos en la misma rama o
actividad de trabajo.
f.
33. Institución Significa cualquier organización o agencia de carácter público o
privado que ofrezca cursos de estudio o adiestramiento de naturaleza práctica,
académica, técnica o especializada.
34. Interinatos Son los servicios temporeros que rinde un empleado de Carrera
en un puesto cuya clasificación es superior a la del puesto para el cual tiene
nombramiento oficial, en virtud de una designación escrita de parte de la
Autoridad Nominadora o su representante autorizado y en cumplimiento de las
demás disposiciones legales aplicables.
35. Ley Núm. 184 Significa la Ley Núm. 184 de 3 de agosto de 2004, según
enmendada, conocida como "Ley para la Administración de los Recursos
Humanos del Servicio Público de Estado Libre Asociado de Puerto Rico".
36. Licencia con Sueldo para Estudios Significa la licencia especial, con sueldo,
que se concede a los empleados con el fin de ampliar su preparación
académica, profesional o técnica para mejorar el servicio que prestan.
37. Movimiento Interagencial Para efectos de la transferencia de expedientes,
significa el movimiento de un empleado en ascenso, traslado o descenso, de la
Agencia a otro Administrador Individual o de la Agencia a un Municipio o
Corporación, lo cual no conlleva la renuncia de un empleado; igualmente ocurrirá
cuando la acción de personal se origine desde algún Administrador Individual o
Municipio.
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38. Municipio Significa una demarcación geográfica con todos sus barrios, que
tiene nombre particular y está regida por un gobierno local compuesto de un
Poder Legislativo y un Poder Ejecutivo, según se dispone en la Ley Núm. 81 de
30 de agosto de 1991, enmendada.
39. Necesidades Urgentes del Servicio Significa aquellas acciones esenciales o
indispensables que es menester efectuar en forma apremiante, a los fines de
cumplir con las funciones de la agencia o sus programas. No incluyen aquellas
acciones que resulten meramente convenientes o ventajosas cuya solución
puede aplazarse hasta que se realice el trámite ordinario.
40. Nombramiento Significa la designación oficial de una persona para realizar
determinadas funciones.
41. Obvención Significa la utilidad fija o eventual que se concede sin costo alguno
para el empleado, por ser necesaria para el desempeño de las funciones del
puesto que ocupa.
42. Pago de Matrícula Significa el pago total o parcial de los derechos de
asistencia a cursos universitarios o especiales.
43. Periodo Probatorio Significa un término de tiempo durante el cual un
empleado, al ser nombrado en un puesto, está en periodo de adiestramiento y
prueba, y sujeto a evaluaciones periódicas en el desempeño de sus deberes y
funciones.
44. Plan de Clasificación Significa un sistema mediante el cual se estudian,
analizan y ordenan en forma sistemática, los diferentes puestos que integran
una organización formando clases y series de clases.
45. Plan de Retribución Significa el sistema de retribución adoptado por la
Agencia, mediante el cual se fija y administra la retribución para el Servicio de
Carrera, de acuerdo con las disposiciones de la Ley Núm. 184, supra, y este
Reglamento.
46. Principio de Mérito Significa el concepto de que los empleados públicos serán
seleccionados, ascendidos, retenidos y tratados en todo lo referente a su empleo
sobre la base de la capacidad, sin discrimen por razones de raza, color, sexo,
nacimiento, edad, origen o condición social, ideas políticas o religiosas,
condición de veterano, ni por impedimento físico o mental.
47. Programa de Duración Determinada Significa aquellos creados por periodos
de vigencia fija para atender funciones de naturaleza temporera,
irrespectivamente de la procedencia de los fondos con que sean sufragados.
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48. Puesto Significa un conjunto de deberes y responsabilidades asignadas O
delegadas por la autoridad nominadora, que requieren el empleo de una persona
durante la jornada completa o jornada parcial de trabajo.
49. Reclasificación Significa la acción de clasificar un puesto que había sido
clasificado previamente. La reclasificación puede ser a nivel superior, igual o
inferior.
50. Registro de Elegibles Significa una lista de nombres de personas que han
cualificado para ser consideradas para nombramiento en una clase determinada,
colocados en orden descendente de calificación.
51. Reingreso Significa la reintegración o retorno al servicio, mediante
certificación, de cualquier empleado regular de Carrera o de Servicio de
Confianza, después de haberse separado del mismo por cualquiera de las
siguientes causas:
a. incapacidad que ha cesado
b. cesantía por eliminación de puestos
C. renuncia a un puesto de Carrera que se ocupaba con status regular
d. separación de un puesto de Servicio de Confianza sin haber ejercido el
derecho a reinstalación.
52. Renuncia Significa la separación total, absoluta y voluntaria de un empleado a
supuesto.
53. Reinstalación Significa el proceso de un empleado de separarse del Servicio
de Servicio de Confianza y reintegrarse al puesto Regular de Carrera que
ocupaba previamente.
54. Recordatorio Escrito Significa la sanción formal al empleado impuesta por el
Supervisor del empleado por razón de incurrir en infracciones a la normas de
conducta establecidas.
55. Salario Base Significa el sueldo asignado al empleado, de conformidad con la
escala de retribución a que está asignada la clase de puesto que ocupa. No
incluye incentivos ni otros métodos de compensación.
56. Serie o Serie de Clases Significa una agrupación de clases que refleja los
distintos niveles jerárquicos de trabajo existentes.
57. Sistema de Retiro Significa la Administración de los Sistemas de Retiro de los
Empleados del Gobierno y de la Judicatura.
58. Sistema Significa el Sistema de Administración de Recursos Humanos, creado
en virtud del Artículo 5, Sección 5.1 de la Ley Núm. 184, supra.
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59. Suspensión de Empleo y Sueldo Significa la separación temporal del servicio
impuesta por la Autoridad Nominadora a un empleado como medida disciplinaria
por justa causa.
60. Traslado Significa el cambio de un empleado de un puesto a otro en la misma
clase o a un puesto en otra clase con funciones de nivel similar, cuando ocurre
entre agencias con diferentes planes de clasificación. Cuando ocurre en la
misma agencia significa el cambio de un empleado de un puesto a otro en la
misma clase O a un puesto en otra clase para la cual se haya provisto el mismo
tipo de retribución.
PARTE II COMPOSICIÓN DEL SERVICIO