Regl. 7509, art. 6-6.5
Esquema Ocupacional
Cite as Reglamento Núm. 7509, Art. 6-6.5
Una vez agrupados los puestos, determinadas las clases que constituirán el plan de
clasificación de puestos y designadas con su tÃtulo oficial, se preparará un esquema
ocupacional o profesional de las clases de puestos que se establezcan, incluyéndolas
dentro de los correspondientes grupos ocupacionales o profesionales que se
identifiquen.
Este esquema reflejará la relación entre una y otra clase y entre las diferentes series de
clases que éstas constituyan dentro de un mismo grupo y entre los diferentes grupos
y/o áreas de trabajo representadas en el plan de clasificación. Este esquema formará
parte del plan de clasificación.
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Se preparará y mantendrá al dÃa una relación de dicho esquema ocupacional o
profesional y una lista o Ãndice alfabético de las clases de puestos comprendidas en el
plan de clasificación. Cada clase de puesto se identificará numéricamente en los
documentos antes indicados mediante una codificación basada en el esquema
ocupacional o profesional que se adopte. Esta numeración se utilizará como un medio
de identificación de las clases en otros documentos oficiales que se preparen.