Regl. 7509, art. 7
RECLUTAMIENTO Y SELECCIÓN
Cite as Reglamento Núm. 7509, Art. 7
El reclutamiento y selección para puestos permanentes del Servicio de Carrera de la
Agencia, deberá efectuarse mediante un proceso en virtud del cual los aspirantes
cualificados compitan en aspectos tales como: logros académicos, profesionales y
laborales; conocimientos, habilidades, destrezas, ética del trabajo; y sin discrimen por
razón de raza, color, sexo, nacimiento, edad, origen o condición social, por ideas
polÃticas o religiosas condición de veterano, impedimento fÃsico, ni por condición de
beneficiario de asistencia bajo la Ley de Reconciliación de Responsabilidad Personal y
Oportunidad Laboral.