Regl. 7515, art. VI-2 dup2
Obtención de ofertas
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Cite as Reglamento Núm. 7515, Art. VI-2 dup2
2.1 Licitadores
Las ofertas se solicitarán a los licitadores registrados en el Registro de
Empresas Comunitarias y Licitadores del Caño MartÃn Peña como primera
opción. Cuando en el Registro de Empresas y Licitadores del Caño MartÃn
Peña no haya licitadores para obtener el número de ofertas requerido, según
dispone el inciso (f) del ArtÃculo VI de este Reglamento, se solicitarán ofertas a
los licitadores registrados en el Registro Único de Licitadores en armonÃa con
los criterios de compras de trato preferente establecidos en el ArtÃculo IV de este
Reglamento.
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2.2 Compras regulares
Las ofertas de compras regulares se solicitarán de acuerdo a lo siguiente,
excepto en aquellas ocasiones que no sea factible O práctico a los mejores
intereses de la Corporación:
(a) Menores O iguales a quinientos dólares ($500)-Se negociarán directamente
con el suplidor.
(b) Desde quinientos dólares con un centavo ($500.01) a quince mil dólares
($15,000)- Se requerirán por lo menos tres (3) cotizaciones, mediante el
proceso de cotización verbal. Si la oferta se obtiene por vÃa telefónica se
deberá ratificar por escrito previo al otorgamiento o entrega del documento
contractual.
(c) Desde quince mil dólares con un centavo ($15,000.01) a cuarenta mil dólares
($40,000), excepto obras de construcción- Requiere subasta informal.
(d) Mayores de cuarenta mil dólares ($40,000), excepto obras de construcción
Se regirán por el Reglamento de Subasta.
(e) Obras de construcción desde quince mil dólares con un centavo ($15,000.01)
a cincuenta mil dólares ($50,000) - Requiere subasta informal.
(f) Obras de construcción mayores de cincuenta mil dólares ($50,000)- Se
regirán por el Reglamento de Subastas.
(g) Las solicitudes de bienes y servicios que sobrepasen los cuarenta mil dólares
($40,000) y las obras de construcción que sobrepasen los cincuenta mil
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dólares ($50,000) serán referidos a la Junta de Subasta conjuntamente con
las especificaciones y condiciones requeridas.
2.3 Subastas informales
(a) En un proceso de subasta informal, se gestionarán por lo menos cinco (5)
cotizaciones, las cuales se someterán en sobre sellado en el formulario que
la Corporación desarrolle con ese propósito. Todas las cotizaciones se
abrirán en la fecha, hora y lugar establecida por la Corporación para la
subasta informal y serán anotadas en el Registro de Ofertas.
(b) Las disposiciones sobre fianzas que adopte la Junta de Subastas serán
aplicables en la obtención de cotizaciones requeridas para las subastas
informales.
(c) Las cotizaciones por escrito para las subastas informales deben estar
firmadas por el proveedor o su representante autorizado y contener la fecha
de la oferta, el término por el cual el proveedor se obliga a mantener la oferta,
una descripción de lo ofrecido y el precio, incluidos los descuentos que son
aplicables por pronto pago si alguno, y cualquier otra información particular
que el(la) Oficial de Compras requiera para el tipo de compra concernida.
Las cotizaciones por escrito se pueden recibir por correo, a la mano y por
facsÃmil. También se pueden recibir por la Internet, mediante correo
electrónico, siempre y cuando contengan una firma electrónica.
(d) En los casos de subastas informales se tomará una determinación no más
tarde de cuarenta y cinco (45) dÃas calendario contados a partir de la
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celebración de la subasta informal. Si el último dÃa calendario fuera sábado O
domingo O dÃa de feriado, se considerará el dÃa laborable siguiente. Los
licitadores tendrán derecho a retirar su oferta sin penalidad alguna y sin que
se disponga de su fianza de licitación cuando no se cumpla con lo antes
dispuesto. Todas las fianzas de licitación serán devueltas tan pronto se
tome la determinación, excepto las pertenecientes a los dos (2) mejores
licitadores que cumplan, las cuales se devolverán luego de formalizarse el
documento contractual.
2.4 Mercado abierto
Se podrá comprar en mercado abierto cuando no sea necesario, según
este Reglamento, realizar subasta informal O formal;-cuando ocurrió
incumplimiento de contrato; todas las ofertas fueron rechazadas; los precios
cotizados son muy altos; no se recibió oferta alguna; o, los términos de la oferta
resultan onerosos. El/La oficial de compras o funcionario(a) que tome la
determinación de comprar en mercado abierto documentará la decisión,
incluyendo el criterio o la razón que dio base a ésta.
2.5 Compras especiales
Cuando se realicen compras especiales, se podrá comprar de forma
directa, sin que medie subasta ni competencia entre licitadores.
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