Regl. 7515, art. XVIII-3

Deficiencias y discrepancias

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Cite as Reglamento Núm. 7515, Art. XVIII-3

Las entregas en las que existan discrepancias entre los bienes recibidos y los documentos de identificación o información que los acompañen no serán aceptadas ni se procesará su pago hasta tanto no se corrijan las deficiencias encontradas. Sólo se podrán procesar pagos parciales en aquellos casos en que se ha recibido correctamente parte de la mercancía. De no corregirse las deficiencias, se devolverá la mercancía antes de transcurridos diez (10) días laborables o no se aceptará el servicio, según corresponda, considerando los mejores intereses de la Corporación. Reglamento de compras Sometido por: Página #36 de 43 Aprobado por:
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