Regl. 7515, art. XVIII-3
Deficiencias y discrepancias
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Cite as Reglamento Núm. 7515, Art. XVIII-3
Las entregas en las que existan discrepancias entre los bienes recibidos y
los documentos de identificación o información que los acompañen no serán
aceptadas ni se procesará su pago hasta tanto no se corrijan las deficiencias
encontradas. Sólo se podrán procesar pagos parciales en aquellos casos en
que se ha recibido correctamente parte de la mercancía.
De no corregirse las deficiencias, se devolverá la mercancía antes de
transcurridos diez (10) días laborables o no se aceptará el servicio, según
corresponda, considerando los mejores intereses de la Corporación.
Reglamento de compras
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