Regl. 7515, art. XVIII-4

Facturas

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Cite as Reglamento Núm. 7515, Art. XVIII-4

Después haber entregado la mercancía O provisto el servicio, el proveedor someterá la factura correspondiente al Gerente de Administración y Finanzas. Toda factura debe estar firmada por un(a) representante autorizado(a) del proveedor(a) y debe incluir la siguiente certificación: "Ningún servidor público de la Corporación del Proyecto ENLACE del Caño Martín Peña es parte o tiene interés en las ganancias O beneficios producto del contrato objeto de esta factura y de ser parte o tener interés en las ganancias O beneficios producto del contrato ha mediado una dispensa. La única consideración para suministrar los bienes O servicios objeto del contrato ha sido el pago acordado con el(la) representante autorizado(a) de la Corporación. El importe de esta factura es justo y correcto. Los productos han sido entregados O los servicios prestados, y no han sido pagados."
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