Regl. 7515, art. XVII-2
Documentos contractuales
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Cite as Reglamento Núm. 7515, Art. XVII-2
Toda adquisición de bienes, servicios u obras se formalizará mediante un
documento contractual, bien sea una orden de compra O un contrato.
2.1 Contenido general
Los documentos contractuales contendrán las siguientes disposiciones.
(a) Disposiciones para que se cumpla con los requerimientos de compras
preferenciales dispuestos en este Reglamento.
(b) Las especificaciones del bien, servicio no profesional u obra adquirido, su
precio, la fecha de comienzo y terminación estimada, la fecha de entrega de
la mercancÃa, asà como las condiciones y el lugar de entrega de la misma.
(c) Disposiciones que provean para tomar acciones administrativas,
contractuales o legales cuando el suplidor violare o no cumpliere con las
condiciones O términos acordados.
(d) Estipulaciones que indiquen que la Corporación no discrimina por motivo de
género, raza, color, origen, edad, nacimiento, condición social, ideas
religiosas O polÃticas, condición de veterano, ni por impedimento fÃsico o
mental al adjudicar los contratos.
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(e) Estipulaciones que indiquen que cualquier subcontrato tiene que ser
evaluado y autorizado previamente por la Corporación y que el contratista
principal tiene que realizar todo el trabajo inherente al contrato, excepto los
servicios especializados u otras tareas eximidas especÃficamente en el
contrato.
(f) Una relación clara y detallada del las garantÃas, descuentos y bonificaciones
que el suplidor ofrezca en su oferta.
(g) El lugar en que el suplidor debe entregar la factura y la aceptación y/o
certificación del objeto de compra.
(h) Requerimiento de que el suplidor cumpla con las disposiciones del Código de
Ética Para los Contratistas, Suplidores y Solicitantes de Incentivos
Económicos de la Agencias del Estado Libre Asociado de Puerto Rico y con
la Ley 458 de 29 de diciembre de 2004, según enmendada.
2.2 Contenido en casos particulares
(a) En la firma de los documentos contractuales producto de una subasta
informal O formal, se aplicarán las disposiciones relacionadas con las fianzas
y seguros que se requieran en el Reglamento de Subasta.
(b) Cuando la fuente de fondos incluya fondos federales, incluirá disposiciones
para cumplir con los requerimientos de las agencias federales que
subvencionan la compra.
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2.3 Firma
Los documentos contractuales estarán firmados por el oficial o
funcionario(a) de la Corporación autorizado a realizar la determinación o
adjudicación de las ofertas. Si el documento contractual es resultado de una
subasta informal, se requerirá además la firma del Director(a) Ejecutivo(a).
2.4 Enmiendas al documento contractual
Se podrán realizar cambios de común acuerdo entre el suplidor y la
Corporación a los documentos contractuales ya otorgados cuando sea necesario
y meritorio para cancelarlos O cancelar partidas, modificar O incluir alguna
especificación, incluir partidas nuevas debidamente justificadas y aprobadas por
el(la) Gerente de Administración y Finanzas o cualquier otro cambio que no
incremente el precio de la oferta acordada. De incrementarse el precio se
documentarán las condiciones que hacen que el cambio sea más beneficioso a
los intereses de la Corporación.