Regl. 7523, art. V dup2
Reglamento para enmendar los Artículos IV, V, VI, VII, VIII, IX y X del Reglamento para Implantar la Expedición de Tarjetas de Identificación bajo la Ley de Identificación y Seguridad de Nuestros Niños. ENMIENDA 7078. Vigencia 17 de julio de 2008.
Cite as Reglamento Núm. 7523, Art. V dup2
VIGENCIA
Esta enmienda al Reglamento Número 7078 de 10 de enero de 2006, comenzará a
regir treinta (30) después de su radicación en el Departamento de Estado, y en la
Biblioteca Legislativa, en armonía con lo dispuesto en la Ley Número 170 del 12 de
agosto de 1988, según enmendada, conocida como "Ley de Procedimiento
Administrativo Uniforme del Estado Libre Asociado de Puerto Rico".
Aprobado en San Juan, Puerto Rico el 14 de junio
de 2008.
ING. CARLOS J. GONZÁLEZ MIRANDA
SECRETARIO