Regl. 7524, art. X dup2

Reglamento para Establecer un Sistema de Puntos o Escala de Evaluación. ANULA 6273. Vigencia 30 de julio de 2008

Last amended: 2008Length: 228 wordsOfficial source

Cite as Reglamento Núm. 7524, Art. X dup2

ANULACIÓN DE PUNTOS o DEMÉRITOS 1. Los puntos de penalidad o deméritos se anularán o cancelarán transcurridos tres (3) años contados desde la fecha de expedición de la falta administrativa, excepto cuando sea parte del cómputo para la suspensión de licencia de conducir. 2. Cuando un conductor cumpla con una suspensión del Certificado de Licencia de Conducir, los puntos que dieron lugar a ésta quedarán anulados. Aquellos conductores que hubiesen recibido una suspensión a causa de haber acumulado veinticinco (25) puntos o más en el Sistema de Puntos establecido por el Secretario, podrán solicitar que se les reduzca el período de suspensión de acuerdo a la siguiente tabla, siempre y cuando no haya tenido infracciones administrativas registradas en los doce (12) meses precedentes a esta solicitud, y que aprueben satisfactoriamente el Curso de Seguridad en el Tránsito que ofrecerán los Centros de Servicios al Conductor (CESCO) para esos propósitos. 14 Secuencia de Suspensión en Récord Término de Reducción de Suspensión Choferil Primera suspensión en su récord choferil La suspensión se reducirá a treinta (30) días. Segunda suspensión en su récord choferil La suspensión se reducirá noventa (90) días. Tercera suspensión en su récord choferil La suspensión se reducirá a ciento ochenta (180) días. De no solicitar la reducción en las condiciones aquí propuestas el conductor deberá cumplir con la suspensión impuesta a su Certificado de Licencia de Conducir.
Regl. 7524, art. X dup2: Reglamento para Establecer un Sistema de Puntos o Escala de Evaluación. ANULA 6273. Vigencia 30 de julio de 2008 | Justis AI