Regl. 1278, art. 21-12 dup2
EL CARRO
Cite as Reglamento Núm. 1278, Art. 21-12 dup2
1. Se aplicará lo mencionado en las Partes A y B de
la Regla 12 del Reglamento de Ascensores de Personas, excepto el
segundo párrafo de la Regla 12, Parte A, ArtÃculo 3. En el segundo
párrafo del ArtÃculo 4, se sustituirá la frase "ascensor de persona"
por "ascensor de carga".
2. Los largueros del carro para ascensores de carga diseñados para permitir cargas Clase B O C serán de acero u otro metal resistente.
3. Los largueros del carro para ascensores de personas
y ascensores de carga, diseñados para permitir la transportación
de carga Clase A, podrán ser de acero u otros metales, o de madera.
4. La caja del carro será de metal sin perforaciones
hasta una altura no menor de seis (6) pies sobre el piso de la
plataforma. Las paredes y el techo, sobre los seis pies, podrán
ser de metal liso O perforado excepto aquella porción de la pared
frente al contrapeso y que se extienda hasta seis (6) pulgadas en
cada lado de éste, que será de metal sin perforaciones. Las perforaciones no serán mayores de una pulgada y media (1-1/2) de diâmetro.
5. No se instalarán paneles engoznados 0 removibles en
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la parte superior de la cabina del carro excepto para salida de
emergencia.
6. Cuando haya rejillas 0 aberturas en las paredes del
carro a una altura del piso menor de seis (6) pies, éstas serán
colocadas a no menos de un (1) pie sobre el piso y serán capaces
de detener una bola de dos (2) pulgadas de diâmetro.
7. Las puertas del carro serán del tipo de corredera
vertical o de corredera horizontal replegable, conforme a los requisitos de los ArtÃculos 9 y 10 a continuación, excepto que en
los ascensores destinados para cargas tipo B o C, las puertas serán
de corredera vertical. (Vea Fig. 6).
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Motor de Engranaje
Eje de torsión
de Corriente Directa
caja de interruptor de lÃmite
Contrapeso de la Barrera
FIG. 6: Vista demostrando una
puerta O barrera de metal expandido de corredera vertical.
A
Detalle del panel de la
barrera demostrando la celda
en diamante del metal expandido
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8. Las puertas o portones, cuando estén en su posición cerrada,
protegerán todo el ancho de la abertura en el carro y se extenderán
desde un punto a no más de una (1) pulgada del piso hasta una altura
de seis (6) pies sobre el piso.
9. Los portones replegables se ajustarán a lo que sigue:
(a) Cuando estén en su posición extendida o cerrados,
rechazarán una bola de cuatro pulgadas y media (4-1/2)
de diâmetro.
(b) No serán accionados por fuerza motriz excepto cuando
el carro esté parando, nivelando 0 esté en descanso
en cualquier punto de acceso en el pozo.
(c) No serán accionados por fuerza motriz a una distancia
mayor de una tercera (1/3) parte del espacio libre
del portón y en ningún caso mayor de diez (10) pulgadas.
(d) No serán usados en ascensores de carga autorizados
para transportar personas.
(e) Por lo menos uno de cada cuatro elementos verticales
de la armazón de la caja del carro, tendrá guÃas en
la parte superior, y uno de cada dos en la parte
inferior.
10. Las puertas O portones de corredera vertical se ajustarán
a lo que sigue:
(a) Serán del tipo de corredera vertical contrabalanceada
O del tipo contrabalanceado que abren desde el centro y podrán ser accionadas por fuerza manual o motriz.
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(b) Cuando se usen en ascensores de carga autorizados
para transportar personas, se ajustarán a la Regla
204.5 del U.S.A.S., A-17.1, excepto los portones
que se extiendan desde un punto situado a una (1)
pulgada del piso hasta una altura de seis (6) pies
sobre el nivel del piso y podrán usarse en lugar
de puertas en las entradas del carro.
11. El carro tendrá no menos de dos dispositivos de iluminación
eléctrica. El mÃnimo de iluminación en el lado de la plataforma del
carro adyacente al apeadero será de no menos de dos y media (2-1/2)
bujÃas pies; sin embargo en los ascensores de carga que tengan la
parte superior perforada y un recorrido no mayor de quince (15) pies,
la luz podrá provenir de dos dispositivos situados en la parte superior del pozo que suministren la iluminación requerida.
12. Los bombillos eléctricos serán protegidos con guardas
resistentes para evitar que se rompan.