Regl. 7535, art. 2
Propósito
Cite as Reglamento Núm. 7535, Art. 2
Disponer las normas que regirán el funcionamiento del Registro de Puestos e
Información Relacionada (Registro de Puestos) en la Oficina del Contralor de
Puerto Rico. Entre éstas, la información a incluirse en los informes mensuales que
se remitirán a esta Oficina para informar los cambios que ocurran mensualmente
en relación con los puestos y la nómina, entre otra información, en todas las
entidades del Gobierno del Estado Libre Asociado de Puerto Rico que forman
parte de las Ramas Ejecutiva, Legislativa y Judicial, incluidas las corporaciones
públicas y sus subsidiarias, los municipios, las corporaciones especiales y
municipales, y los consorcios. El Registro de Puestos se considerará de
naturaleza pública y estará disponible para examen en la página de Internet de
esta Oficina.
53-00-02
El Registro de Puestos tendrá los siguientes beneficios:
proveerá al Gobierno de información accesible, precisa y actualizada sobre
los puestos ocupados y vacantes, y el gasto de la nómina gubernamental,
entre otra información, de las entidades que forman parte de las Ramas
Ejecutiva, Legislativa y Judicial, incluidas las corporaciones públicas y sus
subsidiarias, los municipios, las corporaciones especiales y municipales, y los
consorcios;
fomentará la transparencia y la confianza en las transacciones del Gobierno;
actuará como un mecanismo de información y de control de los puestos y del
gasto de nómina con sus costos relacionados; y
servirá como un instrumento para facilitar la función ministerial fiscalizadora
que realiza la Oficina del Contralor.