Regl. 7535, art. 2

Propósito

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Cite as Reglamento Núm. 7535, Art. 2

Disponer las normas que regirán el funcionamiento del Registro de Puestos e Información Relacionada (Registro de Puestos) en la Oficina del Contralor de Puerto Rico. Entre éstas, la información a incluirse en los informes mensuales que se remitirán a esta Oficina para informar los cambios que ocurran mensualmente en relación con los puestos y la nómina, entre otra información, en todas las entidades del Gobierno del Estado Libre Asociado de Puerto Rico que forman parte de las Ramas Ejecutiva, Legislativa y Judicial, incluidas las corporaciones públicas y sus subsidiarias, los municipios, las corporaciones especiales y municipales, y los consorcios. El Registro de Puestos se considerará de naturaleza pública y estará disponible para examen en la página de Internet de esta Oficina. 53-00-02 El Registro de Puestos tendrá los siguientes beneficios: proveerá al Gobierno de información accesible, precisa y actualizada sobre los puestos ocupados y vacantes, y el gasto de la nómina gubernamental, entre otra información, de las entidades que forman parte de las Ramas Ejecutiva, Legislativa y Judicial, incluidas las corporaciones públicas y sus subsidiarias, los municipios, las corporaciones especiales y municipales, y los consorcios; fomentará la transparencia y la confianza en las transacciones del Gobierno; actuará como un mecanismo de información y de control de los puestos y del gasto de nómina con sus costos relacionados; y servirá como un instrumento para facilitar la función ministerial fiscalizadora que realiza la Oficina del Contralor.
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