Regl. 7535, art. 8 dup2
Contenido de los Informes Mensuales de las Entidades
Cite as Reglamento Núm. 7535, Art. 8 dup2
Los informes mensuales que tienen que remitir las entidades a la Oficina se
completarán y se enviarán en las plantillas, o los modelos o formularios, y en los
sistemas o programas de computadora (software), si alguno, que les proveerá la
Oficina. Los informes mensuales deberán contener la información que más
adelante se indica y cualquier otra que el Contralor considere necesaria para
cumplir con los propósitos de la Ley Núm. 103, según enmendada, y que se
notifique previamente mediante carta circular a las entidades:
1) Total del presupuesto de la entidad clasificado por fondos: generales,
especiales, federales o cualquier otro fondo, asignaciones e ingresos que tenga
la entidad.
2) Total del presupuesto de la entidad asignado a nóminas y costos relacionados
clasificado por fondos: generales, especiales, federales o cualquier otro fondo,
asignaciones e ingresos que tenga la entidad.
3) Total del gasto real de la nómina y costos relacionados de los puestos
ocupados clasificado por fondos: generales, especiales, federales o cualquier
otro fondo, asignaciones e ingresos que tenga la entidad.
4) Cantidad total de:
Puestos autorizados; ocupados y vacantes, segregados por categoría, ya
sea de carrera, transitorio, irregular, confianza o cualquier otra categoría
que tenga la entidad.
53-00-06
Puestos creados y eliminados, segregados por categoría.
Nombramientos, segregados por categoría.
Separaciones del empleo, ya sean por renuncia, destitución, muerte,
jubilación, cesantía u otra razón, voluntarias o involuntarias, segregadas
por categoría.
Cambios en la clasificación de puestos que afectan el salario, segregados
por categoría.
Empleados en licencia sin sueldo, otras licencias, reportados al Fondo del
Seguro del Estado y en destaque.
5) Cualquier otra información adicional que el Contralor determine que sea
necesaria para cumplir con los propósitos de la Ley Núm. 103, según
enmendada, y que les requiera a las entidades mediante carta circular.