Regl. 7549, art. 25
Prueba y Forma de Llevar la Vista
Cite as Reglamento Núm. 7549, Art. 25
25.1 Las Reglas de Procedimiento Civil y de Evidencia no serán de estricta
aplicación a las vistas administrativas, sino en la medida en que el funcionario que
presida la vista o la Agencia estime necesario para llevar a cabo los fines de la justicia.