Regl. 7549, art. 6
Definiciones
Cite as Reglamento Núm. 7549, Art. 6
a. Agencia Junta de Gobierno del Servicio 9-1-1.
b. Director/a Ejecutivo/a - Administrador/a de la Agencia.
c. DÃa - DÃa calendario, a menos que se especifique lo contrario.
d. Declarante - Toda persona natural o jurÃdica que alegue que ha sido
perjudicado/a por una orden o decisión de la Agencia.
e. Oficial Examinador/a Abogado/a o Técnico Legal que preside vistas
administrativas.
f. Oficina Principal Oficina que opera la Junta de Gobierno del Servicio
9-1-1, donde ofrece servicios.
g. Orden Interlocutoria Acción que disponga de algún asunto procesal.
h. Reclamación - Acción presentada por una persona natural o jurÃdica que
le sea reconocido un derecho y concedido un remedio.
i. Reclamante - Persona natural o jurÃdica que reclama le sea reconocido un
derecho y se le conceda un remedio.
j. Juez/a Administrativo/a Oficial Examinador/a al/ a la cual el/la
Director/a Ejecutivo/a le ha delegado su firma en forma general o en un
área en particular.
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k. Resolución - Pronunciamiento mediante el cual se determinan los
derechos y obligaciones que corresponden a las partes.
1. Técnico Investigador/a Inspector/a Funcionario/a o auditor/a
designado/a por la Agencia para realizar la investigación de los hechos y
alegaciones presentadas por los reclamantes.
m. Término para Resolver Término directivo, dispuesto por ley, dentro del
cual la Agencia resolverá las querellas.
n. Vista - Proceso o mecanismo mediante el cual se concede la oportunidad
de presentar alegaciones o defensas a la reclamación.
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Junta de Gobierno del Servicio 9-1-1
Reglamento de Procedimientos Adjudicativos