Regl. 7550, art. 17

ᵐᵃ: Esta Resolución y las enmiendas que contiene del Reglamento,

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Cite as Reglamento Núm. 7550, Art. 17

entrarán en vigor 30 días después de su radicación en el Departamento de Estado, a tenor con lo dispuesto en la Ley Núm. 170, supra. Aprobada hoy / de agosto de 2008, en San Juan, Puerto Rico. Lcdo. Pedro Toledo Dávila Sra. Karilyn Bonilla Colón Presidente Miembro ex officio Kail A. was Lcdo. Gil Rodríguez Ramos Cor. 1.864 Edwin Solivan González Miembro ex officio Miembro ex officio Vacante Representante del Interés Público
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