Regl. 7550, art. 17
ᵐᵃ: Esta Resolución y las enmiendas que contiene del Reglamento,
Cite as Reglamento Núm. 7550, Art. 17
entrarán en vigor 30 días después de su radicación en el
Departamento de Estado, a tenor con lo dispuesto en la Ley Núm.
170, supra.
Aprobada hoy / de agosto de 2008, en San Juan, Puerto Rico.
Lcdo. Pedro Toledo Dávila
Sra. Karilyn Bonilla Colón
Presidente
Miembro ex officio
Kail A. was
Lcdo. Gil Rodríguez Ramos
Cor. 1.864 Edwin Solivan González
Miembro ex officio
Miembro ex officio
Vacante
Representante del Interés Público