Regl. 7550, art. 8
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Cite as Reglamento Núm. 7550, Art. 8
Enmendar el ArtÃculo 9 del Reglamento, que trata de la "Junta de
Gobierno," en el primer y único párrafo, del inciso E, sobre
"Derecho a Votar", de conformidad con la Ley Núm. 9, supra, a
los fines de incorporar el total de miembros ex officio actual de la
Junta, los cuales suman a cuatro (4), para que lea como sigue:
Sólo tendrán derecho a votar los (las) cuatro miembros ex officio
de la Junta y el (la) representante del interés público.