Regl. 7558, art. I-1.3
Propósito
Cite as Reglamento Núm. 7558, Art. I-1.3
1.
La Oficina del (la) Procurador(a) del Paciente aprueba y adopta estas
reglas con el propósito de regular y uniformar los procedimientos administrativos,
según las disposiciones de ley antes citadas. De esta manera, todas las
personas, sean naturales y/o jurídicas, sobre las cuales la Oficina del (la)
Procurador(a) del Paciente ostente autoridad o jurisdicción, cuentan con un
sistema establecido de normas que regulan y uniforman los procedimientos
administrativos, de forma tal que garanticen sus derechos, así como los deberes
aplicables a todas las partes. La experiencia obtenida a lo largo de los años de
constituida la Oficina nos indica que se necesitan unos procesos más expeditos,
flexibles y en algunos casos informales, que permitan atender los asuntos ante
la Oficina de una manera más rápida, justa y económica. Específicamente, se
contempla con el reglamento un distanciamiento del esquema tradicional
adversativo y punitivo que caracteriza a varias agencias o tribunales, prefiriendo
la solución expedita e informal de los asuntos recurriendo a los conceptos,
métodos y procesos de aviso de infracción, reuniones de investigación y planes
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de acción correctiva, que se traducen en una alternativa al proceso tradicional de
investigación y procedimiento adjudicativo formal de una agencia.