Regl. 7558, art. I-1.3

Propósito

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Cite as Reglamento Núm. 7558, Art. I-1.3

1. La Oficina del (la) Procurador(a) del Paciente aprueba y adopta estas reglas con el propósito de regular y uniformar los procedimientos administrativos, según las disposiciones de ley antes citadas. De esta manera, todas las personas, sean naturales y/o jurídicas, sobre las cuales la Oficina del (la) Procurador(a) del Paciente ostente autoridad o jurisdicción, cuentan con un sistema establecido de normas que regulan y uniforman los procedimientos administrativos, de forma tal que garanticen sus derechos, así como los deberes aplicables a todas las partes. La experiencia obtenida a lo largo de los años de constituida la Oficina nos indica que se necesitan unos procesos más expeditos, flexibles y en algunos casos informales, que permitan atender los asuntos ante la Oficina de una manera más rápida, justa y económica. Específicamente, se contempla con el reglamento un distanciamiento del esquema tradicional adversativo y punitivo que caracteriza a varias agencias o tribunales, prefiriendo la solución expedita e informal de los asuntos recurriendo a los conceptos, métodos y procesos de aviso de infracción, reuniones de investigación y planes Pagina 4 de 39 de acción correctiva, que se traducen en una alternativa al proceso tradicional de investigación y procedimiento adjudicativo formal de una agencia.
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