Regl. 7558, art. XVI-16.1

Solicitud

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Cite as Reglamento Núm. 7558, Art. XVI-16.1

1. La entidad interesada en la certificación de cumplimiento radicará ante la Oficina una petición, por escrito, en la que incluirá los siguientes datos de la entidad: a. Nombre (del hospital o unidad hospitalaria) corporativo, comercial y bajo el cual presta servicios salud y nombre bajo el cual solicita exención contributiva ante el Secretario de Hacienda; b. Dirección física y postal de la entidad solicitante; C. Números Telefónicos y de facsímil. 2. De proceder la certificación, la Oficina del (la) Procurador(a) del Paciente la emitirá dentro de los siguientes quince (15) días laborables a la fecha en que Pagina 38 de 39 se recibió la petición conforme lo dispuesto en el presente Artículo. Dicho término podrá extenderse por justa causa. 3. Sólo podrá denegarse la certificación si hubiere una adjudicación final adversa contra la entidad solicitante. La Oficina emitirá un documento a los fines de notificarle a la parte interesada el hecho de la denegación por haber una adjudicación final adversa.
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