Regl. 7558, art. XVI-16.1
Solicitud
Cite as Reglamento Núm. 7558, Art. XVI-16.1
1. La entidad interesada en la certificación de cumplimiento radicará ante la
Oficina una petición, por escrito, en la que incluirá los siguientes datos de la
entidad:
a.
Nombre (del hospital o unidad hospitalaria) corporativo, comercial y
bajo el cual presta servicios salud y nombre bajo el cual solicita
exención contributiva ante el Secretario de Hacienda;
b.
Dirección fÃsica y postal de la entidad solicitante;
C.
Números Telefónicos y de facsÃmil.
2.
De proceder la certificación, la Oficina del (la) Procurador(a) del Paciente
la emitirá dentro de los siguientes quince (15) dÃas laborables a la fecha en que
Pagina 38 de 39
se recibió la petición conforme lo dispuesto en el presente ArtÃculo. Dicho
término podrá extenderse por justa causa.
3.
Sólo podrá denegarse la certificación si hubiere una adjudicación final
adversa contra la entidad solicitante. La Oficina emitirá un documento a los fines
de notificarle a la parte interesada el hecho de la denegación por haber una
adjudicación final adversa.