Regl. 7566, art. 10-10.10
Separación durante el PerÃodo Probatorio
Cite as Reglamento Núm. 7566, Art. 10-10.10
Se podrá separar de su puesto a cualquier empleado de carrera en el transcurso o al final del
perÃodo probatorio, luego de haber sido debidamente orientado y adiestrado, si se determina que
su progreso y adaptabilidad a las normas establecidas no han sido satisfactorios. Cuando por su
desempeño y no por hábitos y actitudes, el empleado es separado del perÃodo probatorio e
inmediatamente antes de ese nombramiento se desempeñó satisfactoriamente como empleado
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regular en otro puesto, tendrá derecho a que se le reinstale en un puesto igual o similar al que
ocupó con status regular. Si la separación fuera debido a los hábitos o actitudes del empleado, se
podrá proceder a su separación del servicio mediante el procedimiento de destitución.