Regl. 7566, art. 10-10.4

Normas de Conducta y Procedimiento

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Cite as Reglamento Núm. 7566, Art. 10-10.4

El SRM establecerá las normas de conducta de los empleados en armonía con las disposiciones de esta Sección y las medidas correctivas y acciones disciplinarias aplicables a las infracciones a dichas reglas de conducta. Se orientará a los empleados sobre la referida normativa al momento de éstos tomar posesión de sus puestos. En todo caso que surja la posibilidad de aplicación de medidas disciplinarias cuya sanción pudiera resultar en la suspensión de empleo y sueldo o la destitución de un empleado, deberá observarse el procedimiento que se indica a continuación: 1. El (La) Director (a) Ejecutivo (a) hará una investigación dentro de un término razonable desde que se tuvo conocimiento oficial de los hechos. El (La) Director (a) Ejecutivo (a) podrá delegar la investigación en el (la) Director (a) de Relaciones Laborales, el (la) Director (a) de Recursos Humanos, en un empleado o funcionario del SRM o en un investigador externo. 2. De entender que procede la aplicación de una medida disciplinaria consistente en una suspensión de empleo y sueldo o destitución, notificará al empleado por escrito mediante 63 entrega personal o por correo certificado los cargos y la intención de tomar tal medida y le advertirá del derecho a solicitar una vista administrativa informal dentro de los próximos diez (10) días a contar desde la notificación de la intención. En el caso del personal sindicado se notificará simultáneamente a la Unión. 3. La vista estará a cargo de un Oficial Examinador externo o del empleado o funcionario del SRM en quien delegue el (la) Director (a) Ejecutivo (a). 4. La persona que tenga a su cargo la vista someterá un informe con las recomendaciones correspondientes al (a la) Director (a) Ejecutivo (a) quien podrá acoger, rechazar o modificar las recomendaciones. 5. De sostener los cargos, el (la) Director (a) Ejecutivo (a) notificará al empleado la medida disciplinaria por escrito, le advertirá de su derecho de apelación ante el foro apelativo y le advertirá en cuanto al término que dispone para presentar su apelación.
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