Regl. 7566, art. 10-10.7
Suspensión Sumaria
Cite as Reglamento Núm. 7566, Art. 10-10.7
Cuando la conducta imputada al empleado configure una situación real o potencial de peligro para
la salud, vida, propiedad o moral de los empleados del SRM o de la ciudadanía en general, el (la)
Director (a) Ejecutivo (a) podrá suspenderlo sumariamente. En tales casos, la vista informal se
llevará a cabo dentro del término de quince (15) días siguientes a la acción de suspensión, salvo
justa causa, en cuyo caso se podrá llevar a cabo posteriormente.