Regl. 7566, art. 12-12.24

Revisión Judicial

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Cite as Reglamento Núm. 7566, Art. 12-12.24

El escrito de revisión judicial deberá presentarse en el Tribunal de Circuito de Apelaciones dentro de los treinta (30) días de haberse notificado la Resolución en Reconsideración o desde que expiró el término de noventa (90) días que tenía el Juez Administrativo para resolver la Moción de Reconsideración. 82 En caso que la Moción de Reconsideración no hubiese sido acogida dentro de los quince (15) días que tenía el Juez Administrativo o que la misma fuera rechazada, el término para presentar la revisión judicial se contará a partir de la expiración de esos quince (15) días. La solicitud de revisión judicial deberá ser notificada a las demás partes y al Juez Administrativo dentro del término de treinta (30) días para la presentación del recurso de revisión judicial. El término de treinta (30) días es jurisdiccional.
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