Regl. 7566, art. 12-12.26
Casos No Provistos en estas Reglas
Cite as Reglamento Núm. 7566, Art. 12-12.26
Cuando no se haya provisto un procedimiento en estas reglas, el Juez Administrativo podrá
reglamentar su práctica en cualquier forma consistente con las mismas o con cualquier
disposición de ley aplicable.