Regl. 7566, art. 13

BENEFICIOS MARGINALES

Last amended: 2008Length: 97 wordsOfficial source

Cite as Reglamento Núm. 7566, Art. 13

Los beneficios marginales representan un ingreso adicional para el empleado, seguridad y mejores condiciones de empleo. La administración del programa de beneficios marginales en forma justa y eficaz, propende a establecer un clima de buenas relaciones y satisfacción en el empleado, que contribuye a su mayor productividad y eficiencia. El (La) Director(a) Ejecutivo (a) es responsable de asegurar que el disfrute de los beneficios marginales se lleve a cabo conforme a un plan que mantenga el adecuado balance entre las necesidades del servicio y las necesidades del empleado y la utilización óptima de los recursos disponibles. 84
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