Regl. 7566, art. 5-5.3
Reclutamiento y Selección de Empleados de Confianza
Cite as Reglamento Núm. 7566, Art. 5-5.3
Los empleados de confianza deberán reunir aquellos requisitos de preparación, experiencia y de
otra naturaleza que se consideren imprescindibles para el adecuado desempeño de sus funciones
de acuerdo al (a la) Director (a) Ejecutivo (a).
Los puestos incluidos en el servicio de confianza estarán sujetos al Plan de Clasificación del
Servicio de Confianza y será el (la) Director (a) Ejecutivo (a) quien determinará los requisitos de
preparación y experiencia requeridas para cada puesto.
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El Plan de Puestos de Confianza tendrá un máximo de treinta (30) puestos. De la estructura
organizativa o complejidad funcional del SRM requerir un número mayor de puestos, se requerirá
la aprobación de la Junta de SÃndicos del SRM.