Regl. 7566, art. 6-6.1
Hoja de Deberes
Cite as Reglamento Núm. 7566, Art. 6-6.1
La Oficina de Recursos Humanos en coordinación con los supervisores preparará una descripción
clara y precisa de las funciones esenciales y marginales, según corresponda, asà como de la
autoridad y responsabilidad de cada puesto, de acuerdo con la estructura organizacional y
funcional del SRM. Sólo los cambios que afectan la naturaleza, complejidad o la responsabilidad
del puesto, se registrarán prontamente en la hoja de descripción de funciones y periódicamente se
deberá pasar juicio sobre la clasificación de los puestos.
Esta descripción estará contenida en la Hoja de Deberes o en cualquier otro cuestionario de
funciones oficiales que adopte el SRM. Del puesto estar ocupado, deberá estar firmado por el
empleado, su supervisor inmediato y el (la) Director(a) Ejecutivo (a) o su representante
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autorizado. El empleado recibirá copia de la Hoja de Deberes firmada por todas las partes. La
Hoja de Deberes se utilizará para orientar, adiestrar y evaluar al empleado, según los
procedimientos que se adopten.
El (La) Director (a) de Recursos Humanos retendrá y conservará en forma adecuada y accesible el
original de la Hoja de Deberes formalizada para cada puesto, junto con cualquier otro documento
relacionado con el historial de clasificación del mismo. Esta información constituirá el expediente
oficial de cada puesto y será utilizado como marco de referencia en las acciones que se requieran
en relación a la clasificación de los puestos.