Regl. 7566, art. 6-6.3

Especificación de Clase

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Cite as Reglamento Núm. 7566, Art. 6-6.3

Para cada una de las clases de puesto se preparará por escrito un documento denominado Especificación de Clase. El mismo deberá contener una descripción clara del concepto de la clase en cuanto a la naturaleza y complejidad del trabajo, grado de responsabilidad y autoridad de los puestos incluidos en la clase y otros elementos básicos necesarios para la clasificación correcta de los puestos. Incluirá una breve exposición de los requisitos mínimos en cuanto a conocimientos, habilidades y destrezas requeridas para el desempeño de las funciones asignadas a los puestos. También contendrá la preparación académica, experiencia requerida y fijará la duración del período probatorio correspondiente. Las especificaciones serán descriptivas de todos los puestos comprendidos en la clase. Bajo ninguna circunstancia serán restrictivas a determinados puestos en la clase, excepto aquellos casos en que exista un solo puesto en la clase. Las especificaciones de clases serán utilizadas como el instrumento básico en la clasificación y reclasificación de los puestos; en la preparación de las normas de reclutamiento; en la determinación de los exámenes a los candidatos; en la determinación de las líneas de ascenso, traslado y descensos; en la evaluación de los empleados; en la determinación de las necesidades de adiestramiento del personal; en las determinaciones relacionadas con los aspectos de compensación, presupuesto y para otros usos en la administración de recursos humanos. Las especificaciones de clases podrán contener en su formato general los siguientes elementos: 1. Título oficial de la clase y número de codificación. 2. Naturaleza del trabajo en donde se definirá en forma clara y breve el trabajo. 3. Aspectos distintivos del trabajo, en los cuales se podrá diferenciar los elementos que definen o separan una clase de otra en consideración al nivel de complejidad y 18 responsabilidad, grado de iniciativa y juicio propio que se ejerce, así como la forma en que se supervisa el trabajo. 4. Ejemplos de trabajo que incluirán los deberes esenciales de los puestos. 5. Conocimientos, habilidades y destrezas mínimas requeridas: a. Conocimientos: Cuerpos organizados de información que necesita el candidato para desempeñarse en un puesto. b. Habilidades: La capacidad que hace posible la aplicación de conocimientos y destrezas. c. Destrezas: Competencias necesarias para llevar a cabo una actividad psicomotora que pueden ser medidas en un examen de ejecución. 6. Preparación y experiencia mínima en donde se indicará la preparación académica requerida, el tipo y duración de la experiencia de trabajo necesaria. Al establecer los requisitos mínimos de preparación académica y experiencia en una clase se debe tomar en cuenta factores tales como; especialización de la clase, ofertas académicas disponibles, experiencia mínima razonable para realizar la tarea requerida a los puestos de la clase tomando en cuenta la disponibilidad en el mercado laboral, dificultades para el reclutamiento, entre otros. 7. Período Probatorio, el cual establece un ciclo de trabajo en que se examinará al empleado. Este período no será menor de tres (3), ni mayor de doce (12) meses. 8. Cualquier otra información que se determine necesaria. Las especificaciones de clases correspondientes al Plan de Clasificación de Puestos del Servicio de Confianza no incluirán los elementos número 6 y 7. 19
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