Regl. 7566, art. 7-7.4
Convocatorias, Normas de Reclutamiento y Requisitos MÃnimos
Cite as Reglamento Núm. 7566, Art. 7-7.4
Las convocatorias incluirán las normas de reclutamiento para cada clase de puesto encaminados a
atraer al servicio público los mejores recursos disponibles. Al preparar las normas de
reclutamiento las cuales estarán contenidas en la convocatoria se determinará las alternativas
equivalentes a los requisitos mÃnimos de preparación y experiencia incluidas en las
especificaciones de clase. Cada alternativa de ingreso es equivalente a los requisitos mÃnimos
contenidos en las especificaciones de clase.
El requisito mÃnimo de preparación académica no podrá sustituirse en la norma de reclutamiento
ni en la convocatoria. En la redacción de los requisitos mÃnimos se utilizará lenguaje claro y
preciso que propicie su entendimiento por los candidatos potenciales.
Al evaluar los requisitos mÃnimos para establecer elegibilidad para ocupar un puesto en
determinada clase es importante establecer la relación que existe entre el requisito mÃnimo de
preparación académica y la experiencia requerida. En las profesiones u oficios regulados por ley
para ejercer las mismas es indispensable que los candidatos hayan adquirido el grado académico y
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cualquier requisito de licencia y colegiación previo a realizar las funciones o deberes de los
puestos. En estos casos sólo se considera la experiencia adquirida con posterioridad al
cumplimiento de los referidos requisitos. En los demás casos cuando se cumple con el requisito
de preparación académica requerido para la clase; la experiencia debidamente certificada y
adquirida previo a haber obtenido el grado académico es válida y puede ser adjudicada.
Las convocatorias cumplirán, además, con las siguientes disposiciones:
1. Las convocatorias deberán revisarse periódicamente de modo que reflejen los cambios en
el mercado de empleos y otras condiciones.
2. Los requisitos mÃnimos de preparación y experiencia deberán estar orientados por lo
establecido en los planes de clasificación o método de valoración de puestos y
relacionados con las funciones de los puestos.
3. Las convocatorias establecerán el tipo de competencia autorizado para cada clase
indicando si la competencia habrá de estar limitada a empleados del SRM, o abiertas al
público en general.