Regl. 7566, art. 9-9.6
Pago de MatrÃcula por Reembolso
Cite as Reglamento Núm. 7566, Art. 9-9.6
Se podrá autorizar el pago de matrÃcula por reembolso a los empleados, conforme a las normas
que se establecen a continuación y sujeto a la disponibilidad de los fondos del SRM.
1. Disposiciones Generales
a. El pago de matrÃcula por reembolso se utilizará como un recurso para el
mejoramiento de conocimientos y destrezas requeridas a los empleados para que
éstos alcancen el mejor desempeño de sus funciones.
b. El pago de matrÃcula por reembolso se aplicará principalmente a estudios
académicos de nivel universitario que se lleven a cabo en Puerto Rico en
instituciones oficialmente acreditadas por el Estado Libre Asociado de Puerto Rico
o en los Estados Unidos de Norteamérica en universidades acreditadas por el
estado. Este beneficio también se podrá conceder para cursar estudios por internet
en instituciones educativas acreditadas en los Estados Unidos.
_C. Se podrá autorizar hasta un máximo de diez y ocho (18) créditos a un empleado
durante un año fiscal. Disponiéndose que el (la) Director(a) Ejecutivo(a) podrá
autorizar más de diez y ocho (18) créditos en año fiscal en situaciones meritorias.
2. Establecimiento de Prioridades
Al establecer las prioridades que regirán esta actividad se tomará en consideración, entre
otros, uno o más de los siguientes criterios:
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a. La necesidad de preparar personal en determinadas materias para prestar un mejor
servicio, mejorar la eficiencia del personal o adiestrar el mismo en nuevas
destrezas.
b. Cursos o asignaturas conducentes a los grados académicos de asociado,
bachillerato, maestrÃa y doctorado.
c. Cursos o asignaturas estrechamente relacionadas con los deberes y
responsabilidades del puesto que ocupa el empleado.
d. Cursos o asignaturas de educación continuada directamente relacionada al puesto
que ocupa.
e. Cursos preparados para permitir al personal asumir nuevos deberes y
responsabilidades.
3. Presentación de Solicitudes
Los empleados que interesen participar en el Programa de Pago de MatrÃcula por
Reembolso:
a. Presentarán una solicitud para acogerse al beneficio con indicación del programa
académico que se propone completar.
b. La Oficina de Recursos Humanos evaluará la solicitud y determinará a base de lo
dispuesto en el inciso 2 precedente y determinará si aprueba o deniega la misma.
4. Gastos que se Autorizarán
La autorización de pago de matrÃcula por reembolso sólo incluye los gastos por concepto
de horas créditos de estudios. Las cuotas y los gastos incidentales serán responsabilidad
de los empleados.
5. Responsabilidades de los Participantes del Programa
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Al completar cada periodo o programa académico, los empleados acogidos a los
beneficios del pago de matrÃcula por reembolso presentarán sus calificaciones y la
evidencia de las cantidades pagadas a la institución educativa. Para ser elegible al
reembolso el empleado debe mantener un Ãndice académico mÃnimo de 2.50 durante el
periodo del programa académico.
6. Cantidad del Reembolso del Pago de MatrÃcula
El reembolso se hará a base de las calificaciones obtenidas. Para la calificación A, el
reembolso será de 100%. Para la calificación B, el reembolso será de 80% y para
calificación C el reembolso será de 60% o el equivalente en el sistema de calificación de la
institución educativa.