Regl. 7569, art. I dup2
Reglamento del Comité Asesor en Auditoria Interna. Vigencia 16 de octubre de 2008.
Cite as Reglamento Núm. 7569, Art. I dup2
INTRODUCCIÓN
La auditorÃa interna es una actividad de evaluación continua de las operaciones
9
financieras y administrativas dentro de una organización. Dicha evaluación se realiza
utilizando como criterio las leyes, reglamentos, normas, planes y los procedimientos
que rigen a la entidad. Como parte de esa función se examinan y evalúan los controles
internos establecidos con el propósito de determinar si se realizan dentro de los
parámetros de efectividad, economÃa y eficiencia. Basado en los resultados obtenidos
se procede a asesorar y hacer recomendaciones a los más altos niveles de la gerencia
del Departamento. De esta forma la auditorÃa interna contribuye a determinar si los
métodos y procedimientos establecidos son efectivos en el logro de los objetivos de la
entidad.
Toda vez que la fiscalización de la sana administración pública no debe
descansar únicamente en la función de los auditores internos y ante la necesidad de
continuar buscando nuevas alternativas encaminadas a maximizar los recursos del
Departamento de Transportación y Obras Públicas (en adelante Departamento) y de
sus agencias adscritas, se crea el Comité Asesor en AuditorÃa Interna (en adelante
Comité). Este organismo contribuirá y propiciará una independencia de criterio a las
Oficinas de AuditorÃa Interna del Departamento y de sus agencias adscritas al momento
de evaluar los programas, servicios y proyectos desarrollados o en desarrollo por éste.
Por lo cuál, la creación de éste organismo estará revestido de total independencia de
2
criterio para evaluar y recomendar acciones correctivas sobre las operaciones
administrativas y financieras del Departamento, sin estar sujetos a la intervención
directa del Secretario y/o Directores Ejecutivos. Además, servirá de asesor en estas
gestiones, al Secretario, Directores Ejecutivos, Presidente y Gerente General, según
sea el caso.