Regl. 7569, art. I dup2

Reglamento del Comité Asesor en Auditoria Interna. Vigencia 16 de octubre de 2008.

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Cite as Reglamento Núm. 7569, Art. I dup2

INTRODUCCIÓN La auditoría interna es una actividad de evaluación continua de las operaciones 9 financieras y administrativas dentro de una organización. Dicha evaluación se realiza utilizando como criterio las leyes, reglamentos, normas, planes y los procedimientos que rigen a la entidad. Como parte de esa función se examinan y evalúan los controles internos establecidos con el propósito de determinar si se realizan dentro de los parámetros de efectividad, economía y eficiencia. Basado en los resultados obtenidos se procede a asesorar y hacer recomendaciones a los más altos niveles de la gerencia del Departamento. De esta forma la auditoría interna contribuye a determinar si los métodos y procedimientos establecidos son efectivos en el logro de los objetivos de la entidad. Toda vez que la fiscalización de la sana administración pública no debe descansar únicamente en la función de los auditores internos y ante la necesidad de continuar buscando nuevas alternativas encaminadas a maximizar los recursos del Departamento de Transportación y Obras Públicas (en adelante Departamento) y de sus agencias adscritas, se crea el Comité Asesor en Auditoría Interna (en adelante Comité). Este organismo contribuirá y propiciará una independencia de criterio a las Oficinas de Auditoría Interna del Departamento y de sus agencias adscritas al momento de evaluar los programas, servicios y proyectos desarrollados o en desarrollo por éste. Por lo cuál, la creación de éste organismo estará revestido de total independencia de 2 criterio para evaluar y recomendar acciones correctivas sobre las operaciones administrativas y financieras del Departamento, sin estar sujetos a la intervención directa del Secretario y/o Directores Ejecutivos. Además, servirá de asesor en estas gestiones, al Secretario, Directores Ejecutivos, Presidente y Gerente General, según sea el caso.
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