Regl. 7572, art. VIII dup2

DISPOSICIONES GENERALES

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Cite as Reglamento Núm. 7572, Art. VIII dup2

A. Cada funcionario o empleado del Departamento de Transportación y Obras Públicas, recibirá una notificación por escrito sobre el programa de Pruebas para la Detección de Sustancias Controladas del Departamento y su Reglamento. Será responsabilidad del personal de la Oficina de Recursos Humanos del Departamento tener evidencia documental que acuse recibo de dicha notificación. B. Cuando se tome cualquier medida disciplinaria contra un funcionario o empleado unionado, éste tendrá derecho a someter el asunto conforme al procedimiento de quejas y agravios establecido en el convenio colectivo aplicable. El procedimiento para la administración de pruebas de drogas estará sujeto a lo dispuesto en este Reglamento y la Ley. C. En los casos de reincidencia, el Departamento no tendrá que cumplir con los requisitos de orientación, tratamiento y rehabilitación establecidos en este Reglamento. Tampoco otorgará los beneficios de tiempo compensatorio en los casos que aplique, licencia de vacaciones y licencia sin sueldo, ni absorberá los costos de tratamiento y rehabilitación. D. Se administrarán pruebas para detección de sustancias controladas, cuando el empleado o funcionario se traslade, reingrese, descienda o ascienda de la clase del puesto que ostente u ocupe un puesto sensitivo. E. Se administrarán pruebas para la detección de sustancias controladas a todos los candidatos que sean preseleccionados para ocupar puestos de carrera, transitorios, irregulares o de confianza en el Departamento, como parte de una evaluación médica general, a fin de determinar que estén física y mentalmente capacitados para desempeñar las funciones de dichos puestos. 1. La División de Desarrollo de Personal de la Oficina de Recursos Humanos coordinará con el Oficial de Enlace la realización de pruebas de detección de sustancias controladas a los aspirantes preseleccionados a empleo para ocupar puestos en el Departamento. Esta prueba deberá 14 ser administrada dentro de veinticuatro (24) horas a partir del momento en que se le requiera al candidato preseleccionado. 2. Aquellos candidatos en cuya prueba se detecte la presencia de sustancias controladas se le denegará el empleo. 3. Si un aspirante a empleo seleccionado para ocupar un puesto en el Departamento se niega a someterse a la prueba de detección de sustancias controladas (negativa injustificada) u obtiene un resultado positivo corroborado en la misma, será causa suficiente para denegar su nombramiento. F. El Departamento de Transportación y Obras Públicas tiene el compromiso de asegurar un servicio de calidad al usuario y garantizar un ambiente libre de Drogas y Alcohol. Por tanto aquellos empleados bajo las regulaciones de la Federal Transit Administration (FTA) que tengan funciones en puestos sensitivos y todos los aspirantes a empleo, así como los empleados que solicitan un traslado a puestos sensitivos, serán incluidos en el programa de drogas y alcohol, según establece el Reglamento Número OP-R1-99, "Reglamento Uso de Drogas y Abuso de Alcohol en el DTOP según la Administración Federal" aprobado 25 de agosto de 1999.
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