Regl. 7573, art. 4

Definiciones

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Cite as Reglamento Núm. 7573, Art. 4

A los efectos de este Reglamento los siguientes términos tendrán el significado que se expresa a continuación: a. AAFET: Responde a las siglas en español de la Administración para el Adiestramiento de Futuros Empresarios y Trabajadores. b. Administrador: El(la) Administrador(a) de la AAFET. c. Agencia: Cualquier departamento, oficina, negociado, división, instrumentalidad, corporación pública o subsidiarias de éstas del Estado Libre Asociado de Puerto Rico. d. Carta de Intención: Documento mediante el cual el(la) Cliente(a) solicita los servicios de la Fábrica. e. Certificación de Entrega: Documento que certifica, mediante la firma de la persona autorizada, a recibir la entrega de un trabajo de reparación a nivel interno de la Agencia. f. Cliente: Toda persona que tenga la capacidad legal y financiera para contratar. Se excluye a los(las) empleados(as) o funcionarios(as) de la AAFET y sus familiares, quienes no pueden utilizar los servicios de la Fábrica Muebles del Sur. A tenor con el Artículo 3.3 (d) de la Ley de Ética Gubernamental. g. Conduce: Documento que certifica, mediante la firma de la persona autorizada a recibir, la entrega de un trabajo realizado por la Fábrica a un(a) cliente(a) externo. h. Cotización de Servicios: Proceso por el cual se acuerda con el(la) Cliente(a) la cantidad de dinero que se facturará por el trabajo. Reglamento Fábrica Muebles del Sur Página 3 i. Director: Empleado(a) gerencial, encargado(a) de un Área, Oficina, Negociado o Instituto. j. Depósito: Dinero que da el(la) Cliente(a) (50% de la obligación total) como fianza para la seguridad de una producción. Este dinero no será devuelto si el(la) Cliente(a) cambia de parecer una vez realizada la compra de los materiales y/o comenzado el proceso de producción. k. Empleado: Toda persona contratada por la AAFET conforme al principio de mérito y cualquier otro criterio aplicable al reclutamiento en el servicio público, que recibe a cambio un salario por las labores rendidas a favor de la AAFET. 1. Factura: Documento para el cobro de los trabajos realizados. El mismo debe incluir: el nombre y la dirección del(de la) cliente(a), así como un desglose de los trabajos realizados, sus respectivos precios, la aplicación del adelanto y el balance a pagar. m. Orden de Compra: Documento escrito y oficial que emite el(la) Agente o Delegado(a) Comprador(a) para adquirir un bien o un servicio. Éste debe contener, entre otras cosas, las especificaciones del bien a adquirirse, el precio, los términos de entrega, las penalidades por incumplimiento y el descuento por pronto pago. Además, debe estar firmado por los(as) funcionarios(as) autorizados(as). n. Orden de Producción o Servicio: Documento que establece los términos y las condiciones para la realización de los trabajos por parte de la Fábrica. o. Pagador Auxiliar: Funcionario(a) designado(a) para el manejo de la caja menuda. p. Participante: Cualquier ciudadano(a) residente en Puerto Rico, entre las edades de 14 a 29 años, que se acoja como aprendiz a los beneficios de la AAFET. Reglamento Fábrica Muebles del Sur Página 4 q. Recibo Oficial: Documento expedido por el(la) receptor(a) de la Fábrica de Muebles que certifica el pago, ya sea, por concepto de adelanto de un 50% del total de un trabajo cotizado o por la totalidad del mismo. r. Requisición: Formulario para uso interno de la Agencia que inicia el proceso de compra cuando surge la necesidad de adquirir un bien o servicio. En este documento se indica el propósito, el uso específico de los bienes y servicios a ser adquiridos, las características o especificaciones físicas, funciones, la calidad y fecha requerida para la entrega. S. Recaudador Auxiliar: Funcionario(a) designado(a) para completar el recibo oficial a los(las) clientes(as) por el pago de los trabajos realizados. t. Solicitud de Cotización: Documento utilizado por las agencias para solicitar la cotización de los servicios a la Fábrica. u. Supervisor de Producción: Funcionario(a) designado(a) para supervisar las operaciones de manufactura.
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