Regl. 7585, art. 72-2
PROPÓSITO
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Cite as Reglamento Núm. 7585, Art. 72-2
Se adopta esta nueva Regla LXXII con el propósito de establecer el procedimiento que
regirá la acumulación y la exposición de la Reserva de Pérdidas de Seguros Catastróficos, y
establecer cómo se computará anualmente dicha reserva, conforme a lo que dispone el
Capítulo 25 del Código de Seguros de Puerto Rico.